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Cementerio

El Cementerio Municipal es un servicio público de carácter obligatorio para todos los Municipios, según el artículo 26.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Las gestiones correspondientes a este servicio se llevan a cabo en el propio Cementerio, salvo el ingreso de las tasas correspondientes y las concesiones de sepulturas, que se tramitan en las oficinas municipales centrales.