BASES CONCURSO DE DECORACIÓN DE CALLES ENGALANADAS. FIESTAS DE SEPTIEMBRE 2024
PRIMERA – Objeto
Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir el concurso de decoración de calles durante las fiestas patronales de Nuestra Señora de los Dolores, promoviendo la creatividad y la participación ciudadana.
SEGUNDA – Participantes
Podrá participar en el concurso cualquier persona física o jurídica de la localidad que formalice la correspondiente inscripción en la fecha y forma
establecida.
Sólo se admitirá una solicitud por persona.
TERCER – Condiciones de participación
Decoración
La temática, composición de elementos u ornamentación será libre para los concursantes, pudiendo así cada uno centrarse en su especialidad artística y
debiendo permanecer las fachadas y balcones decoradas al menos desde el día jueves 12 de septiembre de 2024 hasta el lunes 16 de septiembre de 2024
(ambos inclusive).
No se considerará participante las calles que sólo tengan como elementos decorativos las tradicionales banderas o paños religiosos.
La participación en este concurso implica la total aceptación de las presentes bases, así como la decisión del Ayuntamiento y Jurado en los casos no previstos en
las mismas.
Asimismo, se autoriza al Ayuntamiento a realizar y publicar cuantas fotografías se consideren oportunas de los elementos presentados a concurso y del propio concurso. Los participantes aceptan expresamente la publicación de las imágenes en la página web del Ayuntamiento, así como su difusión en redes sociales para la
divulgación de la cultura municipal.
CUARTA – Jurado
Valoración
El jurado estará compuesto por un representante de la Corporación Municipal, un representante de la Comisión de Fiestas, un representante de la Unión
Musical y un ciudadano o ciudadana del municipio. Todos ellos no podrán participar en este concurso.
En lo no previsto en las bases, se estará a lo que dictamine el jurado, que se reserva la facultad de interpretarlas en caso de duda, siempre en beneficio del
Concurso.
El jurado tendrá en cuenta, la dificultad, la originalidad, la creatividad de la
composición y el resultado estético del conjunto.
QUINTA – Fallo del jurado
El fallo del jurado es inapelable, pudiendo declarar desierto todos o cada uno de los premios previstos.
SEXTA – Publicidad del resultado
El resultado del concurso se hará público en la página web institucional del Ayuntamiento de Dolores, publicándose foto de las calles premiadas, igualmente
se comunicará telefónicamente a los premiados.
SÉPTIMA – Periodo de inscripción
Las personas interesadas en participar podrán solicitar la inscripción presentando una instancia en el Ayuntamiento de Dolores (de forma presencial o
telemática) con fecha límite el 5 de septiembre de 2024.
En dicha inscripción deberá constar:
– Nombre del representante
– Nº de teléfono del representante
– Calle que participa.
La policía local se reserva el derecho a permitir la participación de las calles dependiendo de la posibilidad o no de cortar el tráfico en la calle solicitada.
OCTAVA – Premios
Los premios que se otorgarán serán los siguientes:
– Premio a la calle mejor engalanada: diploma, y vale de 200 € para consumir en el comercio local.
– Premio a la calle más original: diploma y vale de 200 € para consumir en el comercio local.
– Premio a la calle con mejor puesta en escena: diploma y vale de 200 € para consumir en el comercio local.
– Premio a las cuatro calles que obtengan por orden de puntuación, los siguientes puestos de clasificación en orden de mayor a menor: diploma y 60,00 € para consumir en comercio local.
– Premio a los restantes participantes: diploma
NOVENA – Procedimiento de aprobación del gasto y pago
En virtud de lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los pagos que se realizarán serán de forma anticipada,
por lo que supondrá la entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención.
DÉCIMA– Visita del jurado
El jurado visitará las calles participantes el 12 de septiembre de 2024 y el fallo se hará público a través de la página web del Ayuntamiento www.dolores.es y
redes sociales. Del mismo modo, se comunicará vía telefónica a los ganadores, la fecha y la hora de la entrega de los premios, que será el viernes 13 de septiembre
de 2024 a partir de las 12.30h.
En orden de facilitar la labor del jurado, es recomendable que, durante la visita de este, se encuentre presentes los autores de la decoración de la calle para explicar la composición y/o sentido de este, así como otros detalles o extremos que consideren convenientes. Por la cual se ruega que en la solicitud de participación se encuentre un teléfono activo.
UNDÉCIMA.- Resultado, publicidad, justificación y pago
Los beneficiarios tendrán que presentar un escrito dirigido a la Alcaldía de este Ayuntamiento, donde hagan constar el número de cuenta donde realizar el
ingreso del premio obtenido, en el plazo máximo de diez días hábiles, desde la publicación del fallo del jurado.
La justificación sobre el destino del importe de la subvención concedida se llevará a cabo mediante la presentación de facturas de gastos realizados por el beneficiario en el comercio local durante el año 2024, y, el plazo para presentar la justificación será de veinte días hábiles, desde el día siguiente al pago efectivo de
la subvención.
El incumplimiento por parte del beneficiario de los plazos establecidos en los párrafos anteriores conllevará la pérdida del derecho a la obtención del premio
concedido.
El pago se realizará por este Ayuntamiento conforme a la normativa aplicable.
DUODÉCIMA – Aceptación implícita
El hecho de participar en el presente concurso lleva implícito la aceptación por todos los concursantes de las presentes bases motivo por el cual no podrán impugnarlas una vez formalizada la presentación asimismo se acepta implícitamente la cesión del derecho a la obtención de imágenes y su divulgación respetando siempre la legalidad aplicable vigente.
Los órganos competentes, en cada caso, quedarán facultados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso, en todo lo no previsto en estas bases.
La normativa supletoria aplicable, en caso de que sea necesario su aplicación, será la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones junto con su normativa de desarrollo.
TRIGÉSIMA – Recursos e impugnaciones
La concurrencia a las presentes bases supone la total aceptación de las mismas.
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas previstas en la Ley 39/2015.