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BASES PARTICIPACIÓN DEL DESFILE MULTICOLOR Y CONCURSO DE CARROZAS. FIESTAS DE SEPTIEMBRE 2024

PRIMERA – Objeto
Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la participación en el desfile multicolor y el concurso de carrozas que se celebra el sábado 14 de septiembre de 2024 durante las fiestas patronales de Nuestra Señora de los Dolores, promoviendo la creatividad y la participación ciudadana.

SEGUNDA – Participantes
Podrá participar en el concurso cualquier grupo de la localidad que así lo desee y formalice la correspondiente inscripción en la fecha y forma establecida. Podrán participar todas aquellas peñas o grupos de personas, debiendo tener un número de participantes de al menos 15 personas que hayan efectuado su inscripción para participar en el presente concurso antes de las 14:00 horas del día 9 de septiembre de 2024 presentando una instancia en el Ayuntamiento de Dolores, (de forma presencial o telemática).

TERCERA – Condiciones de participación
Normas de participación
Se prohíbe el uso de recipientes de cristal durante el recorrido del desfile, para la mayor seguridad de los participantes en el mismo.
Se convocará a los grupos inscritos a una reunión informativa la semana anterior a la realización del Desfile con el fin de aclarar las posibles dudas y
establecer el orden de aparición.
Para la participación de menores de edad será necesaria la autorización del responsable del grupo o peña.

Decoración de Carrozas
La temática, composición de elementos u ornamentación será libre para los concursantes.
No se considerará participante las carrozas que no tengan unos mínimos decorativos.
Las carrozas podrán portar soportes publicitarios, admitiendo la publicidad como vía de financiación para la decoración de la carroza.
No podrán incluirse objetos o carteles que atenten contra la integridad física y moral de otras personas.
Las carrozas no podrán ser iguales a las de otros años, debiendo tener diferencias sustanciales respecto a las presentadas anteriormente

CUARTA – Jurado
Valoración
El jurado estará compuesto por personas ajenas a los participantes tanto de Dolores como de otros municipios. Todos ellos no podrán participar en este
concurso.
En lo no previsto en las bases, se estará a lo que dictamine el jurado, que se reserva la facultad de interpretarlas en caso de duda, siempre en beneficio del Concurso.
El jurado tendrá en cuenta, la dificultad, la originalidad, la creatividad de la composición y el resultado estético del conjunto.

QUINTA – Fallo del jurado
El fallo del jurado es inapelable, pudiendo declarar desierto todos o cada uno de los premios previstos.

SEXTA – Publicidad del resultado
El resultado del concurso se hará público en la página web institucional del Ayuntamiento de Dolores, en las redes sociales, e igualmente se comunicará telefónicamente a los premiados.

SÉPTIMA – Periodo de inscripción
Las personas interesadas en participar podrán solicitar la inscripción presentando una instancia en el Ayuntamiento de Dolores (de forma presencial o telemática) con fecha límite las 14.00h del 9 de septiembre de 2024.
En la inscripción deberán hacer constar:
– Nombre del representante del grupo
– Nº de teléfono del representante del grupo
– Nº de participantes.
– Temática elegida para el disfraz (para evitar duplicidades)
– Si participan menores de edad o no.
– Si participan en la modalidad de Coreografía
– Si participan en la modalidad de Carroza/Carro decorado.
– Si prefieren como acompañamiento charanga, o altavoces con música.

OCTAVA – Premios
Los premios que se otorgarán serán los siguientes:
– Premio al mejor disfraz individual: vale de 200 € para consumir en el comercio local.
– Premio al mejor disfraz colectivo: vale de 200 € para consumir en el comercio local.
– Premio a la mejor coreografía: vale de 200 € para consumir en el comercio
local.
– Premio al grupo más simpático: vale de 200 € para consumir en el comercio local.
– Premio al vehículo, carroza o carro más original: vale de 200 € para consumir en el comercio local.

NOVENA – Procedimiento de aprobación del gasto y pago
En virtud de lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los pagos que se realizarán serán de forma anticipada, por lo que supondrá la entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención.

DÉCIMA.- Resultado, publicidad, justificación y pago
Los beneficiarios tendrán que presentar un escrito dirigido a la Alcaldía de este Ayuntamiento, donde hagan constar el número de cuenta donde realizar el ingreso del premio obtenido, en el plazo máximo de diez días hábiles, desde la publicación del fallo del jurado.
La justificación sobre el destino del importe de la subvención concedida se llevará a cabo mediante la presentación de facturas de gastos realizados por el beneficiario en el comercio local durante el año 2024, y, el plazo para presentar la justificación será de veinte días hábiles, desde el día siguiente al pago efectivo de la subvención.
El incumplimiento por parte del beneficiario de los plazos establecidos en los párrafos anteriores conllevará la pérdida del derecho a la obtención del premio
concedido.
El pago se realizará por este Ayuntamiento conforme a la normativa aplicable.

UNDÉCIMA – Aceptación implícita
El hecho de participar en el presente concurso lleva implícito la aceptación por todos los concursantes de las presentes bases motivo por el cual no podrán impugnarlas una vez formalizada la presentación asimismo se acepta implícitamente la cesión del derecho a la obtención de imágenes y su divulgación respetando siempre la legalidad aplicable vigente.
Los órganos competentes, en cada caso, quedarán facultados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso, en todo lo no previsto en estas bases.
La normativa supletoria aplicable, en caso de que sea necesario su aplicación, será la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones junto con su normativa de desarrollo.

DUODECIMA – Recursos e impugnaciones
La concurrencia a las presentes bases supone la total aceptación de las mismas. Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas previstas en la Ley 39/2015.